La escena lo dice todo. La Suprema Corte de Justicia de la Nación aprueba una resolución que ordena suspender provisionalmente el cambio de adscripción de servidores públicos cuando ese traslado afecte de manera indiciaria el interés superior de la niñez y el entorno familiar. Principio noble, doctrina sólida. El problema es lo que ocurrió antes.
La Asociación Nacional de Magistrados de Circuito y Jueces de Distrito del Poder Judicial de la Federación, conocida como Jufed, no tardó en señalar la contradicción. A través de un comunicado, la organización acusó que la determinación «resulta contradictoria y profundamente inequitativa», porque esos mismos principios de protección integral a la familia fueron, según sus palabras, «completamente omitidos e ignorados» al momento de aprobar e implementar la reforma al Poder Judicial de la Federación.
El argumento de Jufed tiene una lógica difícil de rebatir con solo palabras. Durante décadas, los jueces y magistrados federales aceptaron moverse de adscripción a lo largo de la República a decisión del entonces Consejo de la Judicatura Federal, «sacrificando la posibilidad de elegir voluntariamente en dónde vivir», recuerda la asociación. Era parte del compromiso constitucional que asumieron al ingresar a la carrera judicial. Familias enteras construyeron su vida sobre esa movilidad institucional, con hijos en escuelas, cónyuges con empleos locales, adultos mayores bajo su cuidado.
Luego llegó la reforma. Y con ella, según Jufed, la destrucción de «un plumazo» de ese proyecto de vida. La asociación describe la destitución masiva de juzgadores de carrera como un cese «arbitrario» que no consideró «que el impacto a la familia es integral». Un cambio o cese intempestivo, sostiene, «no sólo perturba a la niñez, sino que fractura el sustento de dependientes económicos, personas adultas mayores y la dinámica familiar consolidada tras décadas de labor».
La pregunta que Jufed lanza al aire —y que el comunicado convierte en exigencia— es directa: si bajo los criterios del Máximo Tribunal la reubicación laboral genera un daño de difícil reparación en el núcleo familiar que amerita frenar actos de autoridad, «con esos mismos argumentos debió valorarse el daño mayúsculo que provocaba la destitución y el cambio de residencia obligatorio de las personas juzgadoras federales».
La asociación no deja margen para la ambigüedad. «Los derechos humanos y la protección a la familia no admiten selectividad ni aplicación parcial», afirma, y exige que el criterio recién reconocido por la SCJN sea aplicado retroactivamente para reconocer «el atropello cometido contra las familias de las y los jueces y las y los magistrados de la Nación».
El cierre del comunicado funciona casi como un epitafio institucional: «La justicia no puede valer para unos cuantos en el discurso, mientras en la práctica se despoja de sus derechos y proyecto de vida a quienes sirvieron con honor al Estado de Derecho».
Los detalles cuentan la historia. Lo que Jufed ha puesto sobre la mesa no es solo un reclamo gremial: es una acusación de doble rasero institucional dirigida al propio órgano que debería ser el guardián de la coherencia jurídica. La Corte reconoce hoy el peso del entorno familiar cuando conviene; no lo reconoció cuando la reforma arrasó con la carrera de cientos de juzgadores.
Desde la perspectiva de Hemisferio, el episodio ilustra con precisión quirúrgica el riesgo de reformas judiciales diseñadas desde el poder político con prisa y sin contrapesos: el aparato estatal puede desmantelar décadas de carrera institucional invocando la voluntad popular, y luego construir doctrina protectora para otros casos sin que nadie le exija coherencia. El principio en juego no es menor: si los derechos fundamentales y la protección a la familia son herramientas del discurso y no del derecho, el Estado de derecho deja de ser un sistema y se convierte en un instrumento. Esa es la acusación de Jufed. Y merece una respuesta que no sea silencio.



